El presidente de la República, Alan García Pérez, promulgó la norma que establece infracciones administrativas y sanciones por el incumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad y su reglamento.
La disposición establece multas de 8 a 12 UIT, es decir, entre 28,400 y 42,600 nuevos soles, a las infracciones muy graves, como no aplicar el 15% del puntaje final obtenido por las personas con discapacidad en los concursos públicos de méritos que realizan las entidades de la administración pública, siempre que hayan cumplido los requisitos para el cargo.
Otras infracciones muy graves que tendrán similar sanción son el incumplimiento del Instituto Peruano del Deporte y el Comité Olímpico Peruano de la obligación de reconocer a los deportistas con discapacidad que obtengan triunfos olímpicos y mundiales.
La disposición establece multas de 8 a 12 UIT, es decir, entre 28,400 y 42,600 nuevos soles, a las infracciones muy graves, como no aplicar el 15% del puntaje final obtenido por las personas con discapacidad en los concursos públicos de méritos que realizan las entidades de la administración pública, siempre que hayan cumplido los requisitos para el cargo.
Otras infracciones muy graves que tendrán similar sanción son el incumplimiento del Instituto Peruano del Deporte y el Comité Olímpico Peruano de la obligación de reconocer a los deportistas con discapacidad que obtengan triunfos olímpicos y mundiales.
Disposiciones
De igual modo, contravenir las disposiciones urbanísticas y arquitectónicas que permiten accesibilidad a este grupo de personas, y el incumplimiento de contratar a personas con discapacidad idóneas para el cargo entre las entidades de la administración pública, entre no menos de 3% del total de su personal.Las infracciones graves serán sancionadas con multas entre 2 y 8 UIT, es decir, entre 7,100 y 28,400 nuevos soles. Entre ellas, no reservar el 5% de las vacantes en los procesos de admisión a universidades, institutos o escuelas superiores.
Una disposición para todos
Las sanciones se aplicarán también a los establecimientos educativos de cualquier nivel que ofrezcan cursos y carreras profesionales y técnicas si no adecuan los procedimientos de admisión y evaluación de acuerdo con las normas emitidas por el Ministerio de Educación. Además, las que no incluyan asignaturas con contenidos relacionados con la situación de personas con discapacidad, y también en las facultades o escuelas de Arquitectura, Derecho, Psicología, Trabajo Social y Medicina.
Precisa el tipo de infracciones
Como infracciones leves, serán sancionadas con entre 0.5 y 2 UIT, es decir, entre 1,775 y 7,100 nuevos soles. La ley considera infracción leve a no aplicar el descuento del 50% al valor de la entrada en los espectáculos culturales, deportivos o recreativos organizados por las entidades del Estado, con un máximo de 25% del número total de entradas.De igual forma, cometen infracción leve las entidades públicas que no incluyan en los formularios de postulación el rubro que indique la condición de discapacidad de los candidatos en los concursos públicos de mérito que convoquen.Asimismo, las universidades que no reserven la matrícula vigente de los alumnos que durante el período académico de pregrado sufran alguna discapacidad.
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